Crédito para la formación, ¿cómo funciona la bonificación de los cursos?

¿En qué consiste?

El crédito para la formación consiste en un importe que se destina a subvencionar las acciones formativas que se imparten a los trabajadores asalariados en las empresas. Este crédito se obtiene de la aportación que realiza la empresa a través de los Seguros Sociales, por la contingencia de Formación Profesional, de cada uno de sus trabajadores.

Todas las empresas, sean del tamaño que sean, que cuenten con centros de trabajo en el territorio español, que desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por formación profesional, podrán ser beneficiarias de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Esta aportación de la empresa, no se destina íntegra a la subvención de los cursos, sino que se aplica un porcentaje en función de la dimensión de la empresa. Para determinar el crédito disponible en cada empresa, habrá que aplicar a la cuantía ingresada durante al año anterior (ingresos menos devoluciones realizados de enero a diciembre) en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje de bonificación establecido en función del tamaño de las empresas.

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En el caso de que la empresa abra nuevos centros de trabajo, el crédito de que disponga calculado de la manera anterior, se incrementará con el resultado de multiplicar por 65 euros, el número de trabajadores incorporados a la empresa en el momento de la apertura de nuevos centros. Las empresas de 1 a 5 trabajadores, dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje.

Las empresas de nueva creación, pese a que todavía no han cotizado por sus trabajadores, también disponen de un crédito para la formación, que se obtendrá multiplicando el número de trabajadores incorporados a la empresa, según el primer boletín de cotización de la misma, por la cantidad de 65 euros.

Desde Camonclass podemos averiguar el crédito de que dispone tu empresa para gastar en formación sin ningún compromiso. Tan sólo ponte en contacto con nosotros a través del correo electrónico o los teléfonos disponibles en la web.

¿Cómo puedo gastarlo?

La empresa puede utilizar el crédito disponible para formar al número de trabajadores de su plantilla que considere oportuno, respetando siempre los módulos económicos máximos (coste por participante y hora de formación) aplicables a efectos de bonificación en las cuotas a la Seguridad Social. Estos se establecen en función de la modalidad de impartición y el nivel de formación.

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En Camonclass estamos especializados en formación presencial de idiomas,  impartida en la sede de las empresas. Ésta, por su carácter transversal, es considerada por la normativa como formación básica.

Este módulo económico máximo no se aplica a las empresas de 1 a 9 trabajadores. Asimismo, las empresas de 10 a 49 trabajadores y las de 50 a 249 podrán superar los citados módulos en un 10 por ciento y un 5 por ciento, respectivamente.

¿Es posible bonificar el 100% del curso?

La normativa de aplicación establece la exigencia de cofinanciación privada, de manera que un porcentaje del coste total de la formación debe ser aportado por la empresa, en función, de nuevo, de su dimensión.

A su vez, se considerarán incluidos en la cofinanciación privada los costes salariales de los trabajadores formados por la empresa durante su jornada de trabajo, por lo que, si el curso se imparte durante la jornada laboral, la bonificación del coste es probable que llegue a ser del 100%.

 

Ejemplo práctico:

La empresa tecnológica Compuglobalhipermeganet cuenta con una plantilla de 20 trabajadores, y quiere que su departamento comercial reciba clases de inglés para potenciar la venta de sus productos en mercados extranjeros. La empresa dispone de un crédito para la formación generado el año anterior de 2.900 euros.

Para tal fin recurren a nosotros, que como empresa especializada en formación de idiomas in Company disponemos de un gran número de profesores que se pueden adaptar perfectamente tanto al nivel que se quiera impartir a los trabajadores, como al horario del centro de trabajo. Además, como entidad organizadora autorizada, nos encargamos de toda la gestión administrativa a través de la fundación tripartita sin ningún coste adicional.

El departamento comercial cuenta con 8 trabajadores, por lo que se organizan dos grupos, uno de 5 trabajadores y otro de 3. En ambos se aplicará nuestra tarifa más económica, de tan sólo 19,95 € la hora. Un profesor nuestro acudirá a las instalaciones de la empresa a impartir dos clases a la semana de dos horas de duración.

Como nuestras tarifas son por grupo, es suficiente con que en este caso participen en la acción formativa 3 trabajadores para que no nos afecte el módulo económico máximo. Además, como el curso se va a impartir durante la jornada laboral, esa cofinanciación obligatoria de la empresa ya va a estar cubierta por los costes salariales de los trabajadores que asisten.

Por tanto, la empresa dispone de un crédito para formar a sus trabajadores durante aproximadamente 145 horas, lo que, con la distribución de las clases que hemos planificado, significa dar clases de inglés prácticamente durante todo el año laboral.

En caso de no utilizar ese crédito, el mismo se pierde.

Son todo ventajas

Como ves, recurrir a nosotros para aprovechar el crédito que genera la empresa y formar a tus trabajadores en idiomas son todo ventajas.

  • No tendrás que preocuparte de nada, ya que todas las gestiones administrativas las realizamos nosotros.
  • Tenemos una forma de trabajar flexible y siempre adaptada a las necesidades del cliente. Grandes empresas con las que trabajamos, y cuyas opiniones puedes leer en esta misma web, nos avalan.
  • Tendrás trabajadores más preparados, y seguramente más comprometidos con la empresa que se preocupa en darles una alta formación complementaria a su trabajo.
  • Nos convertiremos en un activo más de tu empresa haciéndola más competitiva.

Y sobre todo, piensa que el crédito para la formación no cae del cielo, sino que cada mes, con mucho esfuerzo, has ido aportando a través de la cotización a la seguridad social de tus trabajadores una cantidad de dinero. El cual debes usar para mejorar la preparación de los mismos. Así que aprovéchalo y no lo pierdas. Tus competidores ya lo están haciendo.

Normativa

  • Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
  • Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
  • Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.