Formación bonificada: ¿qué es?
Todas las empresas tienen derecho a un crédito anual para invertir en formación. La tuya también.
Porque este derecho es independiente de su tamaño, de su actividad o del número de trabajadores que tengan; el único requisito es cotizar por el concepto de formación profesional, y todas las empresas, incluidos los autónomos con empleados, lo hacen. El sistema por el cual las empresas pueden recuperar ese dinero se conoce como formación de demanda, formación programada o formación bonificada. ¿Qué quiere decir bonificada? Que el dinero que invierta en formación me será devuelto en forma de bonificaciones, o descuentos, en el pago a las cuotas de los servicios sociales.
La entidad pública que se encarga de gestionar la formación bonificada se llama Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (antes Tripartita). En su página web hay una aplicación que nos calcula, automáticamente, de cuánto crédito disponemos cada año para formarnos.
¿Cuánto crédito tengo?
Las empresas de hasta cinco trabajadores disponen de una especie de “tarifa plana” de 420 euros anuales. Las demás, dependiendo de lo que cotizaron el año anterior por formación profesional:
NÚMERO TRABAJADORES |
PORCENTAJE |
1 a 5 |
420 € (independientemente de lo cotizado) |
6 a 9 |
100 % |
10 a 49 |
75 % |
50 a 249 |
60 % |
250 o más |
50 % |
Este crédito no es reembolsable ni acumulativo: sólo se hace efectivo si lo gastamos en formación bonificada, y eso lo hemos de hacer, sí o sí, durante el mismo año natural.
¿Puedo bonificar toda la formación que haga?
A la hora de bonificarme sólo hay dos límites: el crédito de que dispongo y el coste máximo bonificable de cada acción formativa (curso). Este se calcula con una operación muy sencilla: multiplicando los módulos de la siguiente tabla por el número de horas y el de alumnos.
MODALIDAD DE FORMACIÓN |
NIVEL DE FORMACIÓN |
|
Básico |
Superior |
|
Presencial |
9 € | 13€ |
Teleformación |
7,5 € |
|
Mixto |
Se calculará según la proporción de horas en cada modalidad. |
La cantidad resultante es el máximo que se me podrá bonificar por esa acción en particular.
- Por ejemplo: Tengo una empresa con cuatro empleados y quiero que reciban un curso presencial de nivel básico de Excel de ocho horas. 9 (precio módulo) x 4 empleados x 7 horas = 252 €, es la cantidad máxima que podré bonificar por esa acción. La diferencia entre 252 y lo que me cueste realmente la formación, tendría que abonarlo yo y pasaría a formar parte de lo que se llama cofinanciación (esto lo explicamos en el siguiente apartado).
No hay que olvidar que la duración mínima de una acción formativa es de dos horas, y que ésta debe estar relacionada con la actividad de mi empresa.
¿Es la formación bonificada gratuita?
No. Si lo fuera, no cotizaríamos por el concepto de formación profesional. Además, el espíritu del subsistema de formación para el empleo es que la formación no es un gasto, sino una inversión que realizan las empresas para ser más competitivas. Así pues, la ley nos obliga a cofinanciar las acciones formativas en cantidad proporcional a nuestro número de trabajadores:
NÚMERO DE TRABAJADORES | PORCENTAJE COFINANCIACIÓN |
1 a 5 |
Exentos |
6 a 9 |
5 % |
10 a 49 |
10 % |
60 a 249 |
20 % |
Más de 250 |
40 % |
Como puede observarse, para las empresas de menos de seis empleados esa aportación no existe. En las demás, se nos ofrece la posibilidad de disminuirla incluyendo en ella los costes salariales de los trabajadores que participan en la formación. Es decir, que la parte de sueldo correspondiente al tiempo que se están formando sirve para reducir el porcentaje que hemos de aportar.
- Por ejemplo: Ahora vamos a suponer que mi empresa, en lugar de cuatro empleados (supuesto en el que no tendría que cofinanciar nada) tiene siete, y que todos asisten al mismo curso básico de Excel. En este caso, la cantidad máxima bonificable es 9 (precio módulo) x 7 empleados x 8 horas = 504 €. Imaginemos que el curso nos ha costado 500 euros. No he sobrepasado el coste máximo bonificable, pero la ley me obliga a cofinanciar el 10 % de esos 500 € = 50 euros. Pongamos que mis siete trabajadores cobran 7 euros por hora. Los costes salariales serían el resultado de multiplicar esos 7 euros x los 7 empleados x las 8 horas que ha durado la formación = 392 € de costes salariales. Superarían los 50 euros que se me obliga a cofinanciar, luego se me seguiría bonificando el 100 % de la acción.
Photo credit: ronnieb from morguefile.com
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